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Servicios Farmacéuticos
Objetivo
Nuestro nuevo servicio #SoluSAF se encarga de prestar atención a pacientes hipertensos, diabéticos y con dislipidemia. También otras herramientas para cumplir con la normativa y fortalecer las Buenas Prácticas en Farmacia

Referencias Digitales de consulta profesional-técnica:
Alcance Profesionales Prescriptores
Decreto 466 (ver aquí)
ARTÍCULO 34 A.- Para efectos del expendio, la Receta podrá ser extendida por médico cirujano, cirujano dentista, médico veterinario, matrona o cualquier otro profesional legalmente habilitado para hacerlo.
Cirujanos Dentistas
ARTICULO 35° Los cirujanos dentistas sólo podrán prescribir aquellos medicamentos necesarios para la atención odontoestomatológica inmediata y/o para el tratamiento posterior, sean éstos de venta directa, de venta bajo receta médica, de venta bajo receta médica retenida o productos de la lista IV, del Reglamento de Productos Psicotrópicos, en la forma y condiciones en él indicadas.
Médicos Veterinarios
ARTICULO 36° Los médicos veterinarios sólo podrán extender recetas en que se prescriban productos farmacéuticos para ser administrados a animales, debiendo especificarse en ellas el uso veterinario y Salud, consignarse el nombre del dueño o responsable del animal al que se efectúa la prescripción.
Matronas
ARTICULO 37° Las matronas sólo podrán prescribir los medicamentos necesarios para partos normales: - Retractores de la fibra uterina; - Preparados hormonales oxitócicos; y - Analgésicos no narcóticos.
Ley 20.533 ( Ver aquí) Podrán indicar, usar y prescribir sólo aquellos medicamentos que el reglamento clasifique como necesarios para la atención de partos normales y, en relación con la planificación familiar y la regulación de la fertilidad, prescribir métodos anticonceptivos, tanto hormonales -incluyendo anticonceptivos de emergencia- como no hormonales, y desarrollar procedimientos anticonceptivos que no impliquen uso de técnicas quirúrgicas, todo ello en conformidad a la ley Nº 20.418.
Plataformas Recetas Electrónicas y Digitalizadas
Sitios para validación de Receta Electrónica:
https://recetaelectronica.minsal.cl/
https://sistema.recemed.cl/verifica
https://imedfarmacia.mimed.com
https://api.fingersign.net/validar
Sitio para validación de Receta Digitalizada:
https://seremienlinea.minsal.cl/recetas/
Farmacopeas
Farmacopea de los Estados Unidos USP (para descargar y ejecutar)
Farmacopea de los Estados Unidos USP (lectura en pdf)
Farmacopea Chilena (lectura en pdf)
Políticas de Canjes
en proceso
Planificación Logística Interna
Programación Despacho
NOTA IMPORTANTE: Esta programación de despacho, significa que PL realizará la recolección de los productos en el día declarado, saliendo a distribución el día posterior hacia las farmacias., cumpliendo con la Programación Distribución( descrita mas abajo)
Droguería |
Cosméticos |
Alimentos |
Controlados |
Refrigerados |
Veterinarios |
|
Lunes |
x |
x |
||||
Martes |
x |
x |
x |
x |
||
Miércoles |
x |
x |
x |
x |
||
Jueves |
x |
x |
x |
x |
||
Viernes |
x |
x |
x |
Programación Distribución
Portal de Reclamos
Portal de Distribución por Terceros
Portal de Resultados de Inventarios
Registro Consolidado Resultados de Inventarios
Portal de Reclamos a Proveedores
Registro Reclamos a Proveedores, Listado de Proveedores y Cheques
Devoluciones por Clientes
POLÍTICA DE CAMBIOS Y/O DEVOLUCIONES
«La devolución o cambio de productos PODRÁ realizarse dentro de las 72 horas (para productos farmacéuticos e insumos médicos, por reglamentación sanitaria, no más allá de 24 horas) posterior al despacho, siempre y cuando, este no presente deterioro de su envase ni se haya realizado la apertura. Los medicamentos con control legal de stock, estériles y/o que requieran refrigeración, no se encuentra permitido su devolución en NINGÚN CASO.»
#InformacionImportante: Por Ley no es posible pedir el cambio o la devolución de productos farmacéuticos, salvo que presenten fallas de calidad o cantidad. La circunstancia de arrepentimiento no opera, salvo que el proveedor las ofreciera con anterioridad, como una de las condiciones de venta. Referencia : SERNAC / www.sernac.cl
Corto Vence y Defectos Menores
PROCEDIMIENTO PARA UTILIZACIÓN DE PRODUCTOS CON CORTO VENCE Y DEFECTOS MENORES
(Los códigos establecidos para ocupar estos descuentos serán modificados de forma periódica)
LIQUIDACIÓN 10 % (DEFECTOS MENORES)
LIQUIDACIÓN 20 % (PRONTO VENCE 3 MESES)
LIQUIDACIÓN 40 % (PRONTO VENCE 2 MESES)
LIQUIDACIÓN 50 % (PRONTO VENCE 1 MESES)
LIQUIDACIÓN 70 % ESPECIAL (PRONTO VENCE DÍAS)
- Es responsabilidad de la Jefatura de cada Local, validar que la transacción utilizando cada código, sea acorde a la realidad del vencimiento del producto y al defecto menor del producto.
- El o los productos que se les debe aplicar el cupón, debe ser en boleta única (no se debe incluir otros productos sin pronto vencimiento).
- Cada persona que utilice el código del cupón debe sacar una copia de boleta, un respaldo fotográfico del producto que se evidencie lote/vence (desde los celulares de cada local). La boleta debe ser entregada al jefe de local, quien deberá resguardar para su verificación y respaldo, para futuras consultas